Total de especies en categorías de amenaza: 178 especies (Categoría 1 PC: 8 especies, Categoría 2 EP: 98 especies, Categoría 3 VU: 72 especies).
El listado de mamíferos contiene 178 especies en categoría de amenaza. De estos, 85 son del Orden Chiroptera, de un total de 103 especies de ...mais ↓
Total de especies en categorías de amenaza: 178 especies (Categoría 1 PC: 8 especies, Categoría 2 EP: 98 especies, Categoría 3 VU: 72 especies).
El listado de mamíferos contiene 178 especies en categoría de amenaza. De estos, 85 son del Orden Chiroptera, de un total de 103 especies de murciélagos reportadas para Guatemala. En muchos casos, hay deficiencia de datos para este grupo, principalmente los murciélagos insectívoros, ya que los métodos usuales de muestreo no son apropiados en razón de su ecología. No obstante, es importante justificarlo ya que, muchas veces, el poco conocimiento imposibilita una evaluación de riesgo en especies que se conocen de pocas localidades o tienen hábitat y ecología restringidos. Además, se estima que el riesgo de extinción que se conoce de ser elevado en grandes vertebrados, también es alto para los vertebrados de pequeño porte (Ripple, 2017) por lo cual se incluyen a los murciélagos.
USOS PERMITIDOS DE LAS ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA
CATEGORÍA 1 (PC) EN PELIGRO CRÍTICO O EN VÍAS DE EXTINCIÓN
a) Investigación científica y reproducción con fines de conservación.
b) Se podrá autorizar el aprovechamiento única y exclusivamente de partes o derivados, bajo planes de manejo que incentiven la conservación de la especie, siempre y cuando no ponga en riesgo la integridad del individuo, su población silvestre y en cautiverio.
CATEGORÍA 2 (EP) EN PELIGRO
a) Investigación científica y reproducción con fines de conservación.
b) Aprovechamiento de especímenes reproducidos ex situ de forma sostenible, legal y trazable.
CATEGORÍA 3 (VU) VULNERABLE
a) Investigación científica y reproducción con fines de conservación.
b) Aprovechamiento de especímenes reproducidos ex situ de forma sostenible, legal y trazable.
c) Aprovechamiento y comercialización de individuos del medio silvestre por medio de planes de manejo que garanticen la sobrevivencia de la especie (el uso no debe disminuir el tamaño poblacional ni el área de distribución de la especie en 10 años o 3 generaciones).
d) Cacería y Pesca deportiva y/o de subsistencia. El calendario cinegético deberá estar acorde a lo especificado en este listado.
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